De acuerdo a la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, Pay per TIC S.A es un Proveedor de Servicios de Pago (en adelante, “PSP”).y se limita a ofrecer servicios de pago.
Pay per TIC no se encuentra autorizado por el BCRA para operar como una entidad financiera en los términos de la Ley No 21.526.
Los fondos depositados en las cuentas no constituyen depósitos en una entidad financiera y no cuentan con ninguna de las garantías que tales depósitos puedan gozar de acuerdo con las normas aplicables en materia de depósitos en entidades financieras.
Responsabilidad por los fondos
De acuerdo a la normativa vigente, Pay per TIC debe mantener los fondos de las cuentas de los Usuarios disponibles en cuentas corrientes a la vista, a su nombre, en entidades financieras de la República Argentina autorizadas por el BCRA. El dinero de las cuentas de los Usuarios siempre está disponible para ser retirado cuando lo requieran.
Información sobre Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
Pay per TIC es Sujeto Obligado ante la Unidad de Información Financiera (UIF), de acuerdo con la Ley 25.246 y modificatorias. Por la actividad que realizamos estamos obligados a obtener datos de nuestros clientes y monitorear sus operaciones con el fin de informar a la (UIF) y así prevenir que las operaciones sean utilizadas para financiar actividades relacionadas con lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
Como Sujeto Obligado, Pay per TIC cumple con todas las normas aplicables sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (Resolución UIF 76/2019 y modificatorias y complementarias).